El Juzgado Federal de Lomas de Zamora dictó una medida cautelar que ordena a la empresa OSDE reafiliar de forma inmediata a un usuario que había sido dado de baja por deudas de su empleador. El magistrado Juan Pablo Augé consideró que la interrupción de la cobertura médica frente a un conflicto administrativo representa una arbitrariedad que pone en riesgo la integridad física, garantizando que el amparista recupere su plan original con el reconocimiento de toda su antigüedad.
El expediente 49625/2025, caratulado P, NESTOR FABIAN c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986, tramita ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Lomas de Zamora 3. En esta instancia, el juez Augé analizó la situación de un hombre que, tras casi dos décadas de aportes, se encontró con la desprotección total en la puerta de un consultorio médico. La decisión judicial pone el foco en la vulnerabilidad del paciente y la obligación de las entidades de medicina prepaga de sostener el servicio mientras se resuelven las controversias financieras de fondo.
Néstor caminó hacia un turno médico en julio de 2025 sin sospechar que el sistema, esa red invisible de registros y aportes, lo había expulsado. Descubrió entonces que su empleadora adeudaba pagos y que OSDE había rescindido su contrato de cobertura a pesar de su antigüedad desde el año 2008. Péndola intentó regularizar la situación abonando de su propio bolsillo las sumas informadas, pero la empresa se negó a devolverle su Plan Superador 410 en las condiciones originales, pretendiendo modificar su categoría de afiliación y las prestaciones que lo acompañaron durante dieciocho años.
La empresa de medicina prepaga sostuvo que la rescisión del contrato era legítima debido a que la deuda patronal superaba los tres meses de incumplimiento. Sin embargo, el tribunal analizó que la respuesta administrativa no puede ser el desamparo de quien depende de un tratamiento para su bienestar. El juez remarcó que la verosimilitud del derecho del actor es evidente, ya que la negativa de la demandada a mantener la afiliación en los mismos términos lesiona garantías básicas. El peligro en la demora se hizo patente ante la posibilidad de perder la continuidad con los médicos tratantes, lo que obligó a una respuesta judicial rápida que evitara un daño irreparable.
La sentencia del amparo se apoya en una arquitectura legal sólida que comienza en la Constitución Nacional y se expande a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre Derechos Humanos. Los fundamentos destacan que el derecho a la preservación de la salud está íntimamente ligado al derecho a la vida, siendo el Estado y las prestadoras de salud los responsables de garantizar acciones positivas para su cumplimiento. Bajo esta mirada, el magistrado recordó que la protección de la salud es un bien fundamental imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal, especialmente cuando se trata de individuos en situaciones de vulnerabilidad.
«El derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional»
«El tiempo que insume la sustanciación del proceso amenaza al derecho mismo. En el caso de los derechos personalísimos, si no se conceden de inmediato las medidas preventivas, esto afecta la propia vida y salud de la persona»
Este fallo reafirma una seguridad esencial para miles de trabajadores argentinos que se acercan a la etapa pasiva. La justicia ratifica que es posible y legal permanecer en OSDE al momento de la jubilación, manteniendo el plan y las condiciones previas. La antigüedad no es un dato menor en un legajo, sino un derecho adquirido que protege al afiliado de nuevas carencias o de la pérdida de beneficios cuando más los necesita. El reconocimiento de los aportes como pago a cuenta y la obligación de respetar los costos del plan original aseguran que el paso del tiempo sea un aliado de la cobertura médica y no un motivo para el desamparo administrativo.
El trabajo fue realizado por el equipo de Amparando salud







