El Alivio de las Cenizas. La disolución de ANDIS frente al prisma de la Convención

Martín Sabadini

El Alivio de las Cenizas: La disolución de ANDIS

Análisis desde la Convención de Discapacidad

Martín Sabadini

LA TRAMPA DE LA DESTRUCCIÓN SEGÚN SÉNECA

En su tratado De la tranquilidad del ánimo, Lucio Anneo Séneca describe una patología del carácter que resuena con fuerza en la gestión pública actual: el impulso de destruir aquello que poseemos cuando el caos de gestionarlo nos supera. Séneca sostiene que el hombre que incendia su presente no lo hace por un arranque de libertad, sino por una incapacidad de sostener la mirada sobre sus propios errores.

Para el filósofo estoico, el acto de deshacerse de lo que no podemos controlar suele ser un «escondite moral». Preferimos el vacío de la pérdida que el peso de la tarea de ordenar. Como advierte en su obra, «la culpa no está en los lugares, sino en nosotros, que somos flacos para sufrir mucho tiempo el trabajo». Bajo esta premisa, la tranquilidad que sigue a una destrucción impulsiva no es paz, sino el silencio de una derrota. 

Séneca no habla de nuestro presidente, pero lo describe a la perfección por lo menos en las medidas que toma y el descontrol de sus actos, al seguir en una línea firme la destrucción de un colectivo vulnerado, las personas con discapacidad. 

EL CIERRE DE ANDIS. UNA CRÓNICA DEL RETROCESO

El 30 de diciembre de 2025, el Gobierno argentino anunció la disolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), creada por el Decreto 698/2017. El decreto de creación manifestaba la importancia de su apertura, manifestando “Que resulta necesario centralizar en un único organismo especializado todas las cuestiones vinculadas a las personas en situación de discapacidad, propiciando un conjunto de políticas públicas tendientes a la plena inclusión, en un marco de accesibilidad universal, autonomía e igualdad de oportunidades”    

Según la información oficial, el organismo dejará de ser descentralizado y sus funciones serán absorbidas por el Ministerio de Salud, bajo el rango de Secretaría. Los argumentos centrales se basan en:

  • Ahorro fiscal: Una reducción del 45,7% de la estructura jerárquica (eliminación de 16 cargos políticos).
  • Transparencia: Investigaciones por presuntos esquemas de corrupción y sobornos en gestiones anteriores.
  • Auditorías: La promesa de mantener las pensiones existentes, pero bajo un régimen de control permanente.

LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DE LA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA FRENTE AL MODELO MÉDICO

Desde el prisma de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) —que en Argentina tiene jerarquía constitucional—, este movimiento institucional es alarmante:

El Retorno al Modelo Médico: Al trasladar la órbita de la discapacidad al Ministerio de Salud, el Estado argentino corre el riesgo de patologizar nuevamente al colectivo. El «Modelo Social» que exige la Convención entiende la discapacidad como una interacción entre deficiencias y barreras del entorno, no como una enfermedad. Centralizar la política de discapacidad en Salud es un retroceso conceptual que prioriza la rehabilitación sobre la autonomía y la vida independiente (Art. 19 CDPD).

El Principio de No Regresividad: La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha sido taxativa en que los derechos sociales deben ser progresivos. En fallos como «Asociación de Esclerosis Múltiple de Salta», la Corte subrayó que el derecho a la salud y la protección integral es una obligación «impostergable» del Estado. Disolver el órgano rector específico de la materia debilita la jerarquía de la política pública, lo que puede interpretarse como una medida regresiva prohibida por los tratados internacionales.

La Falsa Transparencia: Siguiendo a Séneca, si la gestión era «ingobernable» o corrupta, el camino republicano es el ordenamiento y la justicia, no la incineración del organismo. La Convención obliga a los Estados a mantener mecanismos de coordinación fortalecidos (Art. 33). Destruir la herramienta para «ocultar» la incompetencia de gestionarla deja a millones de personas en una situación de vulnerabilidad institucional.

La disolución de ANDIS parece ser ese «alivio de las cenizas» del que hablaba Séneca: una fuga hacia adelante para no enfrentar la complejidad de una política de derechos humanos sería. El derecho argentino y la jurisprudencia de nuestra Corte exigen que la discapacidad sea una prioridad de Estado, no un apéndice de la cartera de Salud. El fuego administrativo puede reducir costos a corto plazo, pero las cenizas que deja son las de los derechos conquistados por un colectivo que hoy vuelve a estar en la intemperie institucional. La lucha se aviva para este 2026, donde los vulnerables tendrán que hacer sentir su voz. 

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