La justicia de feria garantiza la cobertura total frente a la obesidad y la diabetes

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La obesidad no es un número caprichoso en una balanza ni una cuestión de voluntad flaqueante frente a la alacena. Es, como bien define la Organización Mundial de la Salud (OMS), una acumulación anormal o excesiva de grasa que representa un riesgo crónico para la salud. Para un adulto, el límite es claro: un índice de masa corporal (IMC) igual o superior a 30 nos sitúa en el terreno de la obesidad, mientras que uno superior a 25 marca el sobrepeso. Detrás de estas cifras, hay cuerpos que duelen, metabolismos que se rompen y una burocracia de las obras sociales que, a menudo, prefiere mirar las planillas de costos antes que la urgencia de sus afiliados.

La ceguera de las obras sociales frente al diagnóstico médico

En los tribunales federales de Buenos Aires, el eco de los expedientes cuenta historias que la estadística suele silenciar. Es el caso de M. G. G., una mujer de 45 años cuyo cuerpo cargaba con 137 kilogramos y las secuelas de una diabetes mellitus indomable. No era solo el peso; eran las cataratas y las hemorragias en ambos ojos las que advertían que el tiempo se agotaba. Su médico le prescribió Saxenda (liraglutida), una medicación diseñada para regular la glucosa y reducir el peso en pacientes donde la dieta y el ejercicio ya no alcanzan.

Sin embargo, la respuesta de su obra social (UPCN) fue un recorte administrativo: solo le ofrecieron el 40% de cobertura por apenas tres meses, argumentando que la medicación no se ajustaba a su certificado de discapacidad. Aquí, la mirada judicial vio lo que la auditoría ignoró: que el Programa Médico Obligatorio (PMO) no es un techo infranqueable, sino un piso mínimo de prestaciones que no puede usarse para negar un derecho fundamental. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 dictó sentencia ordenando la cobertura del 100% de la medicación, reafirmando que la salud es la base de la autonomía personal.

El precio de Saxenda (liraglutida) sin descuentos ni cobertura médica es elevado, superando frecuentemente los $1,300 a $1,800 dólares estadounidenses por un suministro de 30 días (5 plumas) en EE.UU, aquí en la  Argentina, los precios superan los $580,000  por caja de 3 unidades, según datos recientes.

Justicia en tiempo de feria: Cuando la salud no admite demoras

La urgencia médica no conoce de calendarios ni de recesos judiciales. Mientras la mayoría descansaba en el verano de 2026, la justicia de feria tuvo que intervenir para proteger a Mónica Andrea L.. Paciente con diabetes tipo 2 y obesidad; su médica le había indicado Ozempic (semaglutida) tras el fracaso de otros fármacos que le provocan efectos adversos. Su prepaga, Medifé, guardó un silencio que la justicia interpretó como una barrera ilegítima.

El tribunal de feria habilitó el tratamiento de forma excepcional, entendiendo que la falta de una medida inmediata podría causar un mal irreparable. La resolución fue tajante: se debe priorizar la prescripción del médico tratante, quien posee el conocimiento acabado del caso, por sobre el control administrativo de la entidad de salud. Así, se ordenó la cobertura integral (100%) de la semaglutida, recordándonos que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana.

El fármaco como puente hacia una vida digna

La Liraglutida y la Semaglutida han dejado de ser solo nombres complejos en un prospecto para convertirse en herramientas vitales de última generación. Aunque las obras sociales intentan refugiarse en que estas drogas no siempre figuran en los listados del PMO, la jurisprudencia argentina es sólida: la Ley de Diabetes (N° 23.753 y su modificatoria 26.914) establece la obligatoriedad de la cobertura total en las cantidades indicadas por prescripción médica.

Contamos estas sentencias para que el afiliado sepa que no está solo frente al gigante administrativo. La justicia ha dejado claro que la salud no es un negocio de porcentajes, sino un compromiso con la integridad física y la mejora continua de las condiciones de existencia. En un país donde la obesidad y la diabetes avanzan, la ley debe ser, más que nunca, el contrapeso que incline la balanza hacia la vida.

Expediente N° 25710/2024: «G., M. G. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN s/AMPARO DE SALUD». Juzgado Civil y Comercial Federal 10. Sentencia definitiva del 26 de diciembre de 2025. Juez Gonzalo Auguste.

Expediente N° 17151/2025: «L, MONICA ANDREA c/ MEDIFÉ ASOCIACIÓN CIVIL S/AMPARO DE SALUD». Juzgado Civil y Comercial Federal – FERIA. Resolución de medida cautelar del 5 de enero de 2026. Juez Alejandro Patricio Maraniello.

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