Salud y prepagas. El fallo que pone freno a la incertidumbre familiar

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El derecho a la salud en Argentina atraviesa un momento de tensión eléctrica. Entre decretos que liberan mercados y facturas que llegan con aumentos de tres cifras, las familias se encuentran atrapadas en una aritmética cruel: elegir entre los controles médicos o el presupuesto para alimentos. Un reciente fallo del Juzgado Federal de Lomas de Zamora 3 trae alivio a un grupo familiar que, enfrentado a la desmesura de los incrementos, decidió que la justicia era el único remedio posible.

Cuando la salud se vuelve un lujo impagable

La historia de K.V.C. y A.G.C. no es una estadística; es un relato de vulnerabilidades cruzadas. Ella es una paciente oncológica que requiere controles semestrales y medicación crónica tras una cirugía por cáncer de tiroides. Él padece afecciones crónicas que demandan tratamiento diario. Su hija menor realiza rehabilitación postural y tratamientos ortopédicos. Para ellos, la medicina prepaga no es una opción de confort, sino un contrato de supervivencia.

Sin embargo, desde enero de 2024, ese contrato se volvió una trampa. Los aumentos aplicados por OSDE, amparados en el DNU 70/23, dispararon la cuota de $147.926 en diciembre de 2023 a más de $372.491 en marzo de 2024. Un incremento superior al 100% que, en palabras de la familia, resulta simplemente «impagable» y amenaza con interrumpir tratamientos vitales.

La justicia y el límite a la irrazonabilidad

El tribunal analizó la conducta de la empresa de medicina prepaga bajo la lupa del compromiso social. Si bien la actividad tiene rasgos mercantiles, la justicia recordó que estas entidades cumplen una función social trascendental que está por encima de cualquier cuestión comercial.

El fallo fue determinante: la recuperación de supuestos atrasos en los valores no puede hacerse de forma inmediata y unilateral, empujando al usuario al abismo del incumplimiento. El magistrado destacó que el propio Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud, cuestionó judicialmente estos aumentos, lo que refuerza la idea de que la conducta de la prepaga fue, cuanto menos, irrazonable.

El Índice de Precios al Consumidor como nuevo norte

La sentencia ordena a la demandada readecuar las cuotas de este grupo familiar. El criterio es claro: los aumentos ya no pueden ser a voluntad de la empresa, sino que deben ajustarse estrictamente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica mensualmente el INDEC.

Además, el fallo contempla una solución para el pasado:

  • Las cuotas abonadas en exceso deberán devolverse conforme a la modalidad acordada judicialmente en el expediente colectivo contra las prepagas.
  • Las cuotas vencidas y no abonadas desde enero de 2024 también deberán cancelarse siguiendo el ritmo del IPC.

La arquitectura del reclamo. el sello de la Dra. Daniela Passarelli

Detrás del andamiaje legal que sostuvo este caso, se encuentra la labor de la Dra. Daniela Passarelli (T 110 F°731 MFI), cuya estrategia no se limitó a la frialdad del código, sino a la lectura precisa de una urgencia social.

Un respiro para el consumidor vulnerable

Este caso subraya la importancia de la Ley de Defensa del Consumidor. Los usuarios de salud son sujetos particularmente vulnerables a los que el ordenamiento jurídico decide proteger de modo especial. No se les puede exigir la misma diligencia que a quien celebra un contrato comercial común, porque lo que está en juego no es un bien de cambio, sino la integridad física y la vida misma.

La justicia de Lomas de Zamora ha reafirmado que, aunque los vientos políticos cambien y los marcos regulatorios muten velozmente, el derecho constitucional a la salud permanece como una roca firme. Para K., A. y su hija, el fallo significa algo mucho más simple que una victoria jurídica: la tranquilidad de saber que mañana podrán seguir yendo al médico.

Expte: JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL, COM. Y CONT. ADM. DE LOMAS DE ZAMORA 3

8554/2024 C, K V Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

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